Guion de primer contacto en situaciones de alto conflicto — Plantillas y Materiales - GenoEasy
Secuencias de conversación

Guion de primer contacto en situaciones de alto conflicto

Guion de conversación para primeras entrevistas con familias en separación de alto conflicto — estructura la reducción de la escalada, clarifica los encargos por separado y evita la triangulación desde el primer momento.

Formato: PDF Versión: 1.0 Actualizado: 2026-06-03 Licencia: CC BY 4.0 Idioma: DE

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¿Qué significa «alto conflicto»?

Las familias de alto conflicto no son simplemente «familias con disputas especialmente intensas» — presentan patrones de conflicto cualitativamente distintos. Joan Kelly y otras personas investigadoras describen tres características: En primer lugar, la persistencia — los conflictos se prolongan mucho tiempo tras la separación, a menudo durante años. En segundo lugar, la dinámica de escalada — motivos menores (una cita aplazada, un regalo olvidado) desencadenan reacciones desproporcionadas respecto al desencadenante. En tercer lugar, la triangulación de los hijos e hijas — los niños y niñas se convierten en mensajeros, espías, aliados o adversarios; quedan atrapados entre los progenitores y sufren daños duraderos.

Las evidencias de la investigación (Kelly & Emery 2003; la revisión de alcance de 2025; estudios PMC sobre riesgos de TEPT) son claras: no es la separación en sí misma, sino la intensidad del conflicto tras la separación el principal factor de daño para los niños y niñas. Los hijos e hijas de familias con separaciones acordadas muestran apenas un incremento de la carga; los de familias con separaciones de alto conflicto presentan tasas significativamente más elevadas de ansiedad, depresión, trastornos de conducta y, en casos graves, síntomas postraumáticos.

De ello se deriva para el asesoramiento: El objetivo primario no es la reconciliación de los progenitores (a menudo poco realista), sino la reducción de la escalada y la protección de los niños y niñas respecto al conflicto («out of the middle», según Kelly). Esto tiene consecuencias para el encuadre en el primer contacto — y de eso trata precisamente esta plantilla.

Contenido: Plantilla de llamada telefónica · Aclaraciones previas a la cita · Encuadre del primer contacto (¿conjunto o separado?) · Cribado obligatorio de seguridad y bienestar del menor · Marco legal en síntesis · Cierre con acuerdos claros · Seis situaciones difíciles · Preguntas frecuentes · Indicaciones de impresión · Pocket práctico · Fuentes.

Distinción entre persona asesora / perita / mediadora: Esta plantilla está destinada al asesoramiento. El asesoramiento no es una pericia — no se emiten recomendaciones sobre decisiones de custodia o régimen de visitas. El asesoramiento tampoco es mediación — ante violencia doméstica acreditada, la mediación está contraindicada de forma general. La clarificación del rol debe realizarse al inicio del primer contacto (véase sección 5).

1. La llamada telefónica — primer contacto antes del primer contacto

En el contexto de alto conflicto, el trabajo comienza frecuentemente por teléfono — y ya ahí se decide mucho. Quién llama, qué dice sobre el encuadre, cómo responde a preguntas estructuradas de seguimiento: todo ello tiene un alto valor diagnóstico. Planifique para la llamada entre 15 y 25 minutos — menos tiempo raramente es suficiente; más tiempo suele convertirse en asesoramiento telefónico no facturado y no documentado.

Propuesta de estructura para la llamada telefónica.

Fase 1 — ¿Quién llama? (3 min)

Anotar nombre. Rol en la familia (padre, madre, abuelos/as, nueva pareja, otro progenitor). ¿Cómo ha llegado la persona al servicio? (¿Derivación de quién? ¿Ordenado judicialmente?)

Fase 2 — ¿Cuál es la situación? (5–7 min)

«¿Puede contarme en dos o tres frases de qué se trata?» — mantenerlo breve. Estructurar activamente: «¿Qué edad tienen los niños y niñas? ¿Cuánto tiempo lleva la separación? ¿Cuál es el punto crítico más urgente en este momento?»

Fase 3 — Clarificar el rol y el encargo (5 min)

«Soy persona asesora, no mediadora ni perita. Eso significa: estoy de su lado. No puedo decidir por el otro progenitor y no puedo emitir informes para un tribunal. ¿Le parece bien así?»

Si la persona espera un informe o una pericia de custodia: derivar a los servicios de apoyo judicial a la familia o a una persona perita certificada. Esta aclaración por teléfono evita desperdiciar media sesión del primer contacto.

Fase 4 — Cribado de seguridad (3 min)

De forma directa y objetiva: «Antes de fijar una cita — ¿ha habido o hay violencia física en el pasado o en el presente? ¿Acoso, amenazas? ¿Actuales o durante la fase de separación?» En caso afirmativo: los encuadres de mediación/conjuntos están contraindicados (véase sección 3). Peligro inmediato → Teléfono de Ayuda contra la Violencia hacia las Mujeres (016), Policía (112), casa de acogida.

Fase 5 — Encuadre y cita (3 min)

«Mi propuesta sería: que venga primero usted sola/solo a una primera entrevista. Clarificamos juntos/as qué necesita y cómo procedemos. Solo después decidimos si y cómo se incorpora el otro progenitor.» — Fijar cita. Hablar abiertamente de los honorarios. Indicar que en la primera sesión se firmará el contrato de asesoramiento y el consentimiento conforme al RGPD.

Adaptar: Con personas que llaman emocionalmente muy alteradas, acortar la fase 2 — no entrar en la historia, sino clarificar el encuadre. «Escucho que hay mucho en juego. Hablemos de eso con calma en la cita. Hoy aclaramos si podemos trabajar bien juntos/as.»


2. Antes de la cita — lo que debe estar aclarado

Antes de que la persona entre en la sala, conviene haber verificado tres aspectos.

Rol y persona solicitante. ¿Quién ha iniciado el asesoramiento? En el asesoramiento voluntario, quien llama es la persona solicitante. En el asesoramiento en el contexto de una obligación impuesta por el juzgado de familia o como participación según § 36 SGB VIII (ley alemana de bienestar social, plan de ayuda), la solicitante formal es el servicio de protección de menores o el tribunal — la familia es la clientela. Esta diferencia debe clarificarse en el contrato.

Procedimientos y resoluciones existentes. ¿Existe un procedimiento judicial de familia en curso? ¿Hay ya decisiones sobre custodia o régimen de visitas? ¿Existe un procedimiento conforme al § 8a SGB VIII (riesgo para el bienestar del menor)? ¿Intervienen otros servicios (servicios de protección de menores, persona defensora del menor, servicios de apoyo judicial a la familia)? Preguntar a la persona, solicitar que traiga copias, anotar.

Propios límites. ¿Tengo la cualificación necesaria para este caso? El asesoramiento en situaciones de alto conflicto requiere competencias específicas (asesoramiento sistémico en separaciones, formación en protección de menores). Ante violencia aguda: no asesorar directamente, sino derivar a servicios de atención a mujeres/hombres, casas de acogida o asesoramiento especializado. Ante progenitores con alta carga psíquica: considerar co-asesoramiento con profesional de psicoterapia.

Lo que debe estar preparado por escrito antes de la cita.

  • Contrato de asesoramiento con descripción clara del rol («asesoramiento, no mediación, no pericia»)
  • Consentimiento conforme al RGPD con indicación expresa: «En caso de indicios relevantes de riesgo para el bienestar del menor, puede efectuarse una comunicación al servicio de protección de menores conforme al § 4 KKG (ley alemana de cooperación e información en protección de la infancia) — procedimiento por etapas, con incorporación de los progenitores en la medida de lo posible.»
  • Información sobre honorarios con indicación de honorario por cancelación
  • Descripción del propio procedimiento en media página («Así trabajo yo») — puede entregarse en la primera sesión


3. Decisión sobre el encuadre — ¿conjunto o separado?

La decisión de encuadre más importante en el primer contacto de alto conflicto: ¿quién está en la sala?

Recomendación estándar: primeras entrevistas separadas. Existen buenas razones profesionales para no comenzar con ambos progenitores juntos en el contexto de alto conflicto. En el encuadre conjunto, la disputa relacional se reanuda en los primeros diez minutos; la primera entrevista se convierte en un enfrentamiento público; la persona asesora se ve obligada a arbitrar y pierde inmediatamente la relación de asesoramiento con al menos uno de los participantes.

Por ello: Dos primeras entrevistas separadas y luego una decisión fundada sobre el encuadre a seguir. Requiere más tiempo, pero suele ser la única forma de establecer una relación de asesoramiento sólida con ambos progenitores.

Excepción: Si ambos progenitores ya han participado en mediación o apoyo familiar y buscan un reinicio de asesoramiento de baja intensidad, una primera entrevista conjunta puede funcionar — con una norma de entrada clara (sin reproches, sin historias pasadas, solo presente y futuro). Revisar el encuadre a los 15 minutos.

Contraindicaciones para encuadres conjuntos (también tras primeras entrevistas separadas):

  • Violencia doméstica acreditada o descrita de forma verosímil
  • Acoso, amenazas, orden de alejamiento
  • Asimetría masiva de poder y capacidad de expresión
  • Una de las partes en crisis psíquica grave (aguda, no estabilizada)
  • Una de las partes con adicción activa aguda
  • Existencia de procedimiento de protección frente a la violencia

Ante cualquiera de estas situaciones: encuadres exclusivamente separados. En caso de violencia, derivación adicional a servicios especializados (casas de acogida, teléfono de ayuda para hombres, asesoramiento especializado en violencia).

Los niños y niñas en la primera entrevista — casi nunca. En el primer contacto con los progenitores, los niños y niñas no se incorporan por norma general. Si se desea escuchar a los niños y niñas, debe hacerse en un encuadre separado, en un momento posterior, con una preparación adecuada a su edad. Incluir a los niños y niñas en la primera entrevista equivale a convertirlos en material del conflicto — lo que vulnera el principio «out of the middle».


4. Cribado obligatorio — seguridad y bienestar del menor

En todo primer contacto de alto conflicto debe incluirse un cribado estructurado. No es un interrogatorio, sino un deber de diligencia. Las personas clientas lo comprenden cuando se les presenta como tal.

Introducción del cribado. «Antes de entrar en profundidad, voy a repasar con usted algunas preguntas que hago de forma sistemática en este tipo de asesoramientos. Se trata de la seguridad de todas las personas implicadas — usted, el otro progenitor y, sobre todo, los niños y niñas. ¿Le parece bien?»

Bloque de cribado A — Violencia doméstica.

  • «¿Ha habido o hay confrontaciones físicas?»
  • «¿Quién tomó la iniciativa, quién escaló?»
  • «¿Estaban presentes los niños y niñas o se enteraron?»
  • «¿Hubo intervenciones policiales, certificados médicos, denuncias?»
  • «¿Ocurrió antes de la separación o actualmente?»

Bloque de cribado B — Carga psíquica.

  • «¿Existe alguna enfermedad psíquica actual en usted o en el otro progenitor, en tratamiento o sin tratar?»
  • «¿Consumo de sustancias — alcohol, medicamentos, otras sustancias?»
  • «¿Pensamientos suicidas — en usted, en el otro progenitor, en el pasado o actualmente?»

Bloque de cribado C — Bienestar del menor.

  • «¿Cómo están los niños y niñas en este momento? ¿Escuela, sueño, alimentación, conducta?»
  • «¿Viven los niños y niñas los conflictos directamente? ¿Se les utiliza como mensajeros?»
  • «¿Ha hecho algún niño o niña algún comentario sobre violencia, negligencia, abuso sexual?»
  • «¿Existen informes de la escuela infantil, el colegio o el médico o médica de cabecera?»

Qué hacer ante indicios de riesgo para el bienestar del menor. El § 8a SGB VIII (ley alemana de bienestar social para la infancia) obliga, ante «indicios relevantes», a realizar una valoración del riesgo. Las personas asesoras incluidas en el § 4 KKG (ley de cooperación e información en protección de la infancia — todas las personas sujetas al secreto profesional que trabajan con familias) tienen un derecho de consulta con una persona especializada con experiencia suficiente (insoFa). El procedimiento por etapas:

1. Documentar la propia valoración

2. Consulta con insoFa (puede realizarse de forma anónima)

3. Intento de implicar a los progenitores en la eliminación del riesgo

4. Si fracasa o ante riesgo agudo: comunicación al servicio de protección de menores

5. Riesgo agudo: paralelamente policía, servicio médico de urgencias

Este escalonamiento debe hacerse transparente en el contrato de asesoramiento. Los progenitores tienen derecho a saber qué ocurre si surge una sospecha de riesgo para el bienestar del menor.


5. Marco legal en síntesis

El marco legal forma parte del trabajo profesional en el contexto de alto conflicto. Las personas asesoras deben conocer tres ámbitos — no necesitan saberlos de memoria, pero sí comprender su lógica.

§ 8a SGB VIII — Deber de protección ante riesgo para el bienestar del menor. Ante indicios relevantes de riesgo, procedimiento por etapas con insoFa. Se aplica directamente a los organismos de bienestar juvenil y a quienes trabajan en el contexto de los servicios públicos de protección de menores. Las personas asesoras independientes están incluidas a través del § 4 KKG.

§ 4 KKG (Gesetz zur Kooperation und Information im Kinderschutz — Ley de Cooperación e Información en Protección de la Infancia). Las personas sujetas al secreto profesional (también asesoras independientes) tienen derecho de consulta con insoFa y una facultad gradual de comunicación al servicio de protección de menores — incorporando a los progenitores en la medida de lo posible.

§ 1684 BGB (Bürgerliches Gesetzbuch — Código Civil alemán) — Derecho de visita. Ambos progenitores tienen el derecho y el deber de mantener contacto con el hijo o la hija. En el primer contacto: registrar las regulaciones de visita existentes, las negativas al régimen de visitas y los acuerdos de entrega.

§ 1666 BGB — Medidas judiciales ante situaciones de riesgo. Cuando el juzgado de familia interviene en la familia (retirada de la custodia, tutela complementaria, persona defensora del menor), el rol del asesoramiento debe definirse de forma diferente al del asesoramiento voluntario.

§ 203 StGB (Strafgesetzbuch — Código Penal alemán) — Secreto profesional. Protegido penalmente para las profesiones con habilitación oficial; por contrato para las personas asesoras independientes. En estado de necesidad justificante (§ 34 StGB) — peligro agudo para uno mismo o para terceros — se permite su vulneración, documentando la ponderación de bienes.

Clarificación del rol en el contrato. A más tardar en el contrato de asesoramiento, idealmente ya por teléfono, aclarar:

  • Asesoramiento — La persona asesora trabaja con una o ambas partes, no tiene facultad de presentar informes al tribunal, no emite recomendaciones sobre la custodia.
  • Mediación — La persona mediadora actúa como intermediaria entre ambas partes, es neutral, cuenta con formación específica en mediación. Contraindicada ante violencia.
  • Régimen de visitas supervisado — Servicio especializado propio, frecuentemente vinculado a los servicios de protección de menores.
  • Apoyo judicial a la familia / persona defensora del menor — Designadas por el tribunal, emiten informes y dictámenes.
  • Pericia — Encargada por el tribunal, requiere cualificación específica, sujeta a normas formales estrictas.

Quien mezcla los roles perjudica a todas las personas implicadas — y a sí misma, puesto que el seguro de responsabilidad profesional a menudo no cubre la extralimitación en el rol.


6. Cierre con acuerdos claros

Al final del primer contacto deben quedar tres aspectos por escrito — de lo contrario, en los contactos posteriores surgirán malentendidos que en el contexto de alto conflicto escalan rápidamente.

1. ¿Cuál es mi encargo? Formulado en una frase concreta, confirmado verbalmente o por escrito por la persona solicitante. Ejemplo: «Usted desea que le acompañe durante los próximos tres meses en el desarrollo de estrategias comunicativas para las situaciones de entrega.»

2. ¿Cuáles son las normas de colaboración?

  • ¿A quién se informa (servicio de protección de menores, abogacía)?
  • ¿Cuándo puede saber algo el otro progenitor?
  • ¿Cómo tratamos las declaraciones sobre el niño o la niña o sobre el otro progenitor?
  • ¿Qué ocurre si desean venir juntos (con el otro progenitor)?
  • ¿Qué ocurre ante amenazas, violencia, escalada aguda?

3. ¿Cómo se continúa concretamente?

  • ¿Cuándo es la próxima cita?
  • ¿Qué hace usted hasta entonces? (pequeña tarea de observación, factible)
  • ¿Qué hace en caso de urgencia? (números de crisis, disponibilidad propia, aclaración de límites)

Adaptar: Entregar estos tres puntos como nota escrita breve a la persona clienta. Previene posteriores debates del tipo «eso no lo dijo usted». En encargos con terceros (servicios de protección de menores), enviar copia al organismo solicitante.


Seis situaciones difíciles típicas

Situación 1 — Ambos progenitores llaman de forma independiente

Ninguno sabe del otro y ambos quieren asesoramiento. Recomendación: asesorar a una persona y derivar a la otra. «Ya estoy en conversación con el otro progenitor — por responsabilidad profesional no puedo asesorar a ambos. Le remito a [colega / servicio de asesoramiento].» La propia relación de asesoramiento queda clara, sin conflictos de lealtad.

Situación 2 — La persona clienta quiere un informe para el tribunal

«¿Puede escribir lo que le he contado para mostrárselo al juez?» — No. La confidencialidad del asesoramiento y los informes judiciales son incompatibles. Explicar con claridad: «No soy perita. Para un informe al tribunal tendría que dirigirse a los servicios de apoyo judicial a la familia — o el tribunal designará a una persona perita.» En caso de duda, remitir a la persona representada a su propio contrato y a la clarificación del rol.

Situación 3 — El otro progenitor llama directamente al servicio y se queja

Ocurre con frecuencia. Respuesta estándar: «No puedo dar información sobre si alguien está recibiendo asesoramiento aquí. Si usted tiene una necesidad de asesoramiento, puedo recomendarle colegas.» Respetar el secreto profesional. Informar a la propia persona clienta del incidente en la siguiente sesión.

Situación 4 — La persona clienta formula acusaciones graves contra el otro progenitor

«Abusa del niño / le pega / es adicto a las drogas…» Pasos: (1) escuchar, validar, no relativizar («Eso suena agotador»); (2) preguntar — ¿qué observa concretamente, cómo lo sabe, quién más lo sabe?; (3) cribado obligatorio de bienestar del menor; (4) comentar con la persona clienta si y cómo incorporar al servicio de protección de menores o a insoFa; (5) ante indicios plausibles de riesgo para el bienestar del menor, procedimiento por etapas conforme al § 8a SGB VIII / § 4 KKG. Nunca incorporar acusaciones sin verificar como hechos en la propia documentación — formular «la persona clienta refiere que…».

Situación 5 — La persona clienta amenaza con hacerse daño a sí misma o al niño o la niña

Peligro agudo para uno mismo o para terceros. De inmediato: (1) reducir el ritmo, mantenerse presente; (2) preguntar concretamente — plan, medios, momento; (3) explicar el marco para la vulneración del secreto profesional conforme al § 34 StGB; (4) si es autolesión: servicio médico de urgencias (España: 112), ante suicidabilidad aguda servicio de emergencias o urgencias de psiquiatría; (5) si peligro para el menor: paralelamente insoFa, servicio de protección de menores, en caso agudo policía (España: 112). A continuación, supervisión.

Situación 6 — La persona clienta quiere hacer una grabación de audio o revelar correspondencia por correo electrónico

Las grabaciones encubiertas son punibles en Alemania (§ 201 StGB); las grabaciones abiertas con consentimiento son admisibles. Si la persona clienta trae grabaciones propias o correos electrónicos con material comprometedor — no incorporarlos sin reflexión. La correspondencia por correo electrónico pertenece al derecho a la intimidad del otro progenitor — el asesoramiento no debe convertirse en un centro de procesamiento de pruebas. Lo razonable: escuchar el contenido, no incorporarlo al expediente.


Preguntas frecuentes — Seis preguntas clave de la práctica

1. ¿Qué ocurre si un progenitor dice que el otro es «malicioso» o «manipulador»?

En las familias de alto conflicto, el otro progenitor suele ser descrito como «la persona manipuladora». Esta etiqueta carece de valor diagnóstico — no se trata de atribuir culpa, sino de entender la dinámica relacional. Con cautela: «¿Qué describe concretamente? ¿Cuándo ocurrió por última vez algo así?» — ralentizar el relato sin patologizar.

2. ¿Debo atenerse a las resoluciones judiciales o aplicar mi propio criterio?

Las resoluciones judiciales son vinculantes. Quien en el asesoramiento las ignora — por ejemplo, animando a una persona clienta a incumplir una resolución de régimen de visitas — se adentra en terreno muy comprometido. Las resoluciones controvertidas deben modificarse por la vía judicial, no a través del asesoramiento. La propia valoración profesional puede reflejarse en un informe separado dirigido a la persona representada, no al tribunal.

3. ¿Qué ocurre si ambos progenitores tienen formalmente la custodia compartida pero solo uno acude al asesoramiento?

Con custodia compartida, las decisiones de especial importancia (terapia de los niños y niñas, cambio de colegio) requieren el acuerdo de ambos progenitores. El asesoramiento de los propios progenitores no entra dentro de esa categoría. Si se desea incorporar al niño o la niña en el primer contacto, se necesita el consentimiento de ambos progenitores con custodia — en caso contrario, no iniciar.

4. ¿Qué hacer si me doy cuenta de que el caso «me supera»?

Ocurre con frecuencia en el ámbito de alto conflicto. Opciones: buscar supervisión; co-asesoramiento con colega experimentada/o; derivación a servicios especializados (p. ej., Bundeskonferenz für Erziehungsberatung — bke, confederación federal alemana de asesoramiento para la crianza). Nunca seguir adelante por inercia y agotarse — la clientela de alto conflicto exige sistemáticamente mucho, y eso no es un fracaso personal.

5. ¿Cómo documento en el contexto de alto conflicto?

De forma factual, con fecha, basada en lo observable. Las declaraciones de la persona clienta siempre marcadas como tales («la persona clienta refiere que…»), no como hechos. Evitar valoraciones. Las propias hipótesis, por separado. En caso de una encomienda judicial posterior, los expedientes pueden ser requeridos — lo que conste será visible. Plazo de conservación según la profesión (para personas asesoras independientes, frecuentemente 3 años tras el fin del asesoramiento; para profesiones sanitarias, 10 años).

6. ¿Qué hacer si al final del primer contacto considero que una de las personas clientas miente?

En el contexto de alto conflicto, la suposición de veracidad no es la herramienta adecuada. Los relatos son construcciones — ambas partes tienen con frecuencia una imagen de la familia internamente coherente pero notablemente distinta. Las personas asesoras no tienen que decidir al respecto. Pueden trabajar con ambas versiones sin considerar ninguna de ellas «la verdad». Ante sospecha de acusación falsa contra el otro progenitor (especialmente en el contexto de abuso sexual): supervisión, posible derivación a asesoramiento especializado.


Pocket telefónico para llevar

Las páginas siguientes contienen material imprimible para el primer contacto telefónico. Puede colocar estas páginas junto al teléfono y anotar palabras clave durante la llamada.

  • Página 1 — Guion de la llamada telefónica con líneas de notas para las cinco fases.
  • Página 2 — Lista de verificación «Antes de la cita» y resumen de servicios de crisis y asesoramiento (actualización 2026).
  • Las explicaciones de cada punto se encuentran en las páginas anteriores.

Primer contacto telefónico — Hoja de guion

1. ¿Quién llama?

Nombre / Rol en la familia / ¿Cómo ha llegado al servicio?

2. ¿Cuál es la situación?

¿De qué se trata? ¿Edad de los niños y niñas? ¿Cuándo fue la separación? ¿Punto crítico agudo?

3. Rol / Encargo

  • ☐ Expectativa: asesoramiento voluntario
  • ☐ Expectativa: mediación
  • ☐ Expectativa: pericia / informe
  • ☐ ¿Encargo de servicio de protección de menores / tribunal?

Clarificación del rol realizada: «Soy persona asesora, no mediadora, no perita. Estoy de su lado.»

4. Cribado de seguridad — Obligatorio

  • ☐ ¿Violencia física (pasado / presente)?
  • ☐ ¿Acoso, amenazas, orden de alejamiento?
  • ☐ ¿Pensamientos suicidas en alguno de los progenitores?
  • ☐ ¿Problemas de adicción o consumo de sustancias?
  • ☐ ¿Indicios de riesgo para el bienestar del menor?

Ante violencia: SIN encuadre conjunto. Remisión a servicios de atención a mujeres/hombres, ver página 2.

5. Cita y acuerdo

Cita / Encuadre (individual / separado primero) / Honorarios / Indicación de contrato

Antes de la cita & Lista de servicios de crisis

Antes de la cita — lo que debe estar aclarado

  • ☐ ¿Persona solicitante aclarada (voluntario / servicios de protección de menores / tribunal)?
  • ☐ ¿Resoluciones judiciales de familia existentes registradas?
  • ☐ ¿Otros servicios implicados (persona defensora del menor, servicios de apoyo judicial a la familia)?
  • ☐ ¿La propia cualificación se adecúa al caso?
  • ☐ ¿Contrato de asesoramiento con clarificación de rol preparado?
  • ☐ ¿Consentimiento RGPD con indicación del § 4 KKG preparado?
  • ☐ ¿Supervisión / contacto insoFa anotado?

Servicios de crisis y asesoramiento (actualización 2026)

  • Emergencias (Policía) 110
  • Emergencias (Bomberos / Ambulancias) 112
  • Servicio médico de urgencias 116 117
  • Teléfono de Ayuda contra la Violencia hacia las Mujeres (Alemania) 08000 116 016
  • Teléfono de ayuda para hombres «Violencia contra hombres» (Alemania) 0800 123 9900
  • Número contra la angustia (niños, niñas y jóvenes) 116 111
  • Teléfono para padres y madres (Número contra la angustia) 0800 111 0 550
  • Teléfono de ayuda en casos de abuso sexual 0800 22 55 530
  • Atención telefónica en crisis 0800 111 0 111
  • Bundeskonferenz für Erziehungsberatung (bke) — Confederación Federal de Asesoramiento para la Crianza bke.de
  • Servicio local de protección de menores — Servicio Social General — completar —
  • Persona especializada con experiencia suficiente (insoFa) — propia — completar —

Notas propias


Fuentes y bibliografía complementaria

  • Kelly, Joan B. & Emery, Robert E. (2003): Children's Adjustment Following Divorce — Risk and Resilience Perspectives. Family Relations 52(4). Visión general fundamental sobre factores de riesgo y protección en hijos e hijas de separaciones.
  • Kelly, Joan B. (2007): Children's Living Arrangements following Separation and Divorce. Investigación empírica sobre acuerdos de custodia.
  • PMC (2022): Healing the Separation in High-Conflict Post-divorce Co-parenting. Revisado por pares; panorama actualizado de intervenciones.
  • PMC: Parental Conflicts and Posttraumatic Stress of Children in High-Conflict Divorce Families. Investigación sobre riesgos de TEPT.
  • Tandfonline (2025): Interventions in High-Conflict Divorces/Separations from Children's Perspective — Scoping Review. Estado actual de la investigación.
  • § 8a SGB VIII — Deber de protección ante riesgo para el bienestar del menor; procedimiento por etapas con persona especializada con experiencia suficiente (gesetze-im-internet.de).
  • § 4 KKG (Gesetz zur Kooperation und Information im Kinderschutz — Ley de Cooperación e Información en Protección de la Infancia) — Facultad y etapas para personas sujetas al secreto profesional.
  • § 1684 BGB — Derecho de visita de ambos progenitores; registrar en el primer contacto.
  • § 1666 BGB — Medidas judiciales de familia ante situaciones de riesgo.
  • § 203 StGB — Secreto profesional protegido penalmente (lista cerrada de grupos profesionales).
  • § 34 StGB — Estado de necesidad justificante como base para la vulneración del secreto profesional ante peligro agudo.
  • § 201 StGB — Punibilidad de las grabaciones de audio encubiertas.
  • Bayerisches Landesjugendamt (2022): Recomendaciones profesionales § 8a SGB VIII. Estándares de procedimiento para situaciones de riesgo del bienestar del menor (blja.bayern.de).
  • Bundeskonferenz für Erziehungsberatung (bke): Protección de la infancia y asesoramiento. Guía práctica; bke.de.
  • Fachstelle Kinderschutz: Procedimiento conforme al § 8a SGB VIII — secuencia operativa de pasos (fachstelle-kinderschutz.de).
  • DGSF: Posición de la asociación sobre la reforma del SGB VIII y sobre política familiar, juvenil y social (dgsf.org).
  • DGSF (2003): Distanciamiento de la DGSF de las constelaciones familiares según Hellinger — vinculante para los miembros. Los métodos de constelaciones según Hellinger no son profesionalmente admisibles en el contexto de alto conflicto.

Plantilla GenoEasy · Version 2.0 · Actualización 2026-06-03 · Lectura aprox. 30 min

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